La cláusula 11 de Vodafone

Como muchos ya sabreis por que os ha llegado un SMS de Vodafone, aunque no a todos, el operador rojo ha cambiado sus Condiciones Generales de los Servicios de Comunicaciones Móviles Pospago Particulares. Que son aquellas implícitas en cualquier contrato de particulares firmado con Vodafone. Este tipo de cambios, poco habituales, suelen afectar a cláusulas concretas, en este caso la cláusula 11 que regula la protección de datos del cliente. Todos los cambios de aquí en adelante comentados están en el apartado de Condiciones de contratación de particulares de la web de Vodafone.

Tras el salto veremos qué ha cambiado, que consecuencias tienen para los clientes y en mi opinión para el futuro de las redes móviles de dicha operadora.

Como ya hemos citado antes del salto, el contrato en proceso de modificación es el contrato que se adhiere a cualquiera emitido para particulares por parte de Vodafone. Y como hemos dicho antes las cláusulas a modificar, entrando en vigor el 1 de diciembre de 2010, son las referentes a la protección de datos otorgados por los clientes. Resumiendo aquella cláusula donde se le da permiso a Vodafone a tratar con nuestros datos. Durante los últimos días Vodafone se ha dedicado a enviar mensajes de texto a los clientes con la siguiente cita:

VF Info: El 1 diciembre 2010 entra en vigor la nueva cláusula 11 de las condiciones generales de contratación. Para informarte y oposición consulta www.vodafone.es

Tras investigar a lo largo de la página web de Vodafone encontramos las condiciones generales y las nuevas condiciones que citamos a continuación:

Cláusula 11 (Revisión de Julio de 2010)

11. Protección de Datos Personales.-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo, el Cliente queda informado de que los datos personales a los que Vodafone tenga acceso como consecuencia de la prestación del Servicio, se incorporan al correspondiente fichero titularidad y responsabilidad de Vodafone. El Cliente consiente expresamente que Vodafone lleve a cabo un tratamiento automatizado de dichos datos con las siguientes finalidades: (i) prestar y gestionar los servicios solicitados en cada momento, (ii) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por Vodafone, por empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación
de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como el envío de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica e (iii) instalar y actualizar en su terminal todas las aplicaciones correspondientes a servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por Vodafone, por empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios.

Del mismo modo, el Cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de tráfico y facturación, de conformidad con lo dispuesto con el art. 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, para la prestación y promoción comercial de los servicios de
telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios.

Asimismo, el Cliente consiente a Vodafone la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo Vodafone del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero (www.vodafone.es), y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas.

El Cliente podrá revocar todos los consentimientos anteriormente otorgados en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose a Vodafone por cualquier medio de los indicados en la condición 9 del presente Contrato, con la referencia “Protección de Datos”, salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será C/Isabel Colbrand, 22, Edificio C 5ª Planta 28050, Madrid.

El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dirigiéndose a Vodafone por cualquier medio de los indicados en el párrafo anterior.
Vodafone informa al Cliente de que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de emergencia (112), si así fueren solicitados.

Cláusula 11 (Revisión de Diciembre de 2010)

Perdonad por no copiar el texto pero la versión de dicha revisión no permite copiar y pegar el texto.

La cláusula 11 de Vodafone que entrará en vigor el 1 de diciembre
Cláusula 11 de Vodafone que entrará en vigor el 1 de diciembre de 2010

Esta modificación viene de la mano de algo que ya lleva haciendo durante el último año: priorizar contenido en función del tráfico y del volumen de descargas. Con el texto remarcado al final de la nueva revisión nos están obligando a firmar que nuestro tráfico puede ser priorizado en función de la carga de datos que tenga nuestra “Tarifa Plana”. Cosa que nos está haciendo plantearnos el término.

Pero eso no es todo, el otro fragmento resaltado en la imagen anterior hace referencia a la posibilidad de consulta y edición de nuestro tráfico. ¿No debería Vodafone informarnos qué pretende hacer con nuestros datos de navegación? Ya que sin lugar a dudas estaría vulnerando un derecho básico presente en la Constitución Española que cita en el artículo 18:

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

¿Puedo darme de baja?

Llegados a este punto la mayor parte de vosotros os preguntareis si os podéis dar de baja en caso de no convenceros la excusa que ponga Vodafone para dicho cambio. Pero no es una respuesta fácil ya que dependiendo del organismo que se consulte dicen una cosa u otra. En el caso del Instituto Nacional del Consumo (INC), como indica esta fuente, dice lo siguiente:

El derecho a desistir del contrato no puede verse condicionado u obstaculizado por las cláusulas de permanencia, ni vincularse a pagos previos en concepto de penalización, añade este organismo, recalcando que las cláusulas de penalización más comunes son las relacionadas con permanencia o financiación del aparato terminal.

Pero por otra parte si el organismo que se consulta es el Ministerio de Sanidad y Política Social:

Si la cláusula de penalización tiene su origen en un compromiso de permanencia como contraprestación a la financiación del terminal, ésta debe cumplir con los requisitos legales de proporcionalidad, y no podrá suponer la pérdida de cantidades abonadas por adelantado, el abono de servicios no prestados efectivamente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con daños efectivamente causados.

Si no hay común acuerdo entre el usuario y el prestador del servicio de telefonía serán, en último extremo, los tribunales quienes deberán pronunciarse sobre la procedencia y alcance de la penalización o indemnización, sin que pueda condicionarse, en ningún caso, el desistimiento del contrato al previo pago de esta penalización.

Por lo tanto tendríamos que abonar la parte proporcional de la financiación del dispositivo que hayamos adquirido al firmar nuestro contrato de permanencia.

¿Está Vodafone atacando a la libertad de Internet?

Nosotros creemos que es el factor más importante de toda esta jugada. Sin lugar a dudas estamos, por primera vez ante una declaración directa de una operadora que quiere fisgonear en nuestro tráfico. Además que los afectados no son solamente aquellos que tienen tarifas de datos en los móviles, sino también aquellos que tienen Vodafone ADSL, una línea contratada con Tele2 (empresa adquirida por Vodafone) y otros servicios de datos proporcionados por la misma.

¿Vosotros que creéis? ¿Estará Vodafone en breve fisgoneando en nuestro tráfico y bloqueando algunos servicios? Cabe destacar que la única declaración por parte de Vodafone ha sido en su Twitter:

es un tema de protección de datos, no afecta al servicio. Gracias!

Fuente

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